Franquicia, una relación contractual

Sistema de venta de productos de una firma comercial en una tienda de otro propietario y bajo ciertas condiciones económicas.
Según el diccionario de la Real Academia Española una franquicia es la concesión de derechos de explotación de un producto, actividad o nombre comercial, otorgada por una empresa a una o varias personas en una zona determinada. La empresa que cede los derechos se le llama franquiciador y la que los recibe franquiciado.
El origen de franquicia se remonta a la edad media, época en la que se otorgaban y concedían privilegios a los súbditos para realizar en determinadas zonas del reino actividades como la pesca y la caza. Y estas autorizaciones o privilegios se les llamaban franc.
La franquicia del franquiciado
La franquicia es un conjunto de derechos de propiedad industrial o intelectual relativos a marcas, nombres comerciales, rótulos de establecimientos, modelos, diseños, derechos de autor, know-how o patentes que deben explotarse para la venta de productos o prestación de servicios.
Generalmente el franquiciador obtiene sus ingresos a través de tres vías:
- Un canon de entrada.
- Un canon operativo
- Y un canon publicitario.
El contrato de una franquicia es una forma de cooperación comercial entre empresas que son independientes y que tienen como finalidad fijar una red de distribución con una identidad común y mediante inversiones acotadas.
El tipo de contrato de una franquicia debe incluir, como mínimo, los siguientes aspectos:
- Debe existir una cesión de derechos de la propiedad industrial o intelectual por parte del franquiciador.
- La comunicación del franquiciador al franquiciado de un sistema de técnicas comerciales ya experimentadas, es decir, know-how. Este debe ser identificable de manera fácil, contener información que sea esencial y una descripción suficiente para su empleo.
- Prestación continúa por parte del franquiciador al franquiciado de asistencia comercial o técnica durante la vigencia del contrato.
- Y por último, unos compromisos que sean recíprocos de suministro y compra de productos.
En este tipo de contratos se adoptan las siguientes características:
- De producto o industrial, ya que el franquiciado fabrica por sí mismo, según indicaciones del franquiciador y los productos que se venden bajo su marca.
- De distribución que se basa en que el franquiciado se limita a vender ciertos productos en una tienda o punto de venta que llevan el nombre del franquiciador.
- y por último de servicios, que se trata cuando el franquiciado presta un servicio bajo el signo, marca o nombre comercial del franquiciador siguiendo sus instrucciones.
La extinción del contrato de franquicia se puede finalizar por mutuo acuerdo, por la expiración del plazo convenido una vez finalizado el previsto en la duración del contrato (suele ser entre 5 y 10 años renovables por acuerdo expreso de las partes) o por el incumplimiento de las obligaciones.
Cuando se termina el contrato pueden darse varias circunstancias como que el franquiciado tenga que devolver el manual operativo (know-how) y restituya la marca al franquiciador; que el franquiciador esté en la obligación recomprar el stock según lo acordado en el contrato; o que el franquiciado se comprometa a no realizar competencia al franquiciador durante el tiempo pactado, que suele ser un año.
Algunas franquicias traspasan fronteras dando lugar a franquicias internacionales y de libre competencia. La exportación a través de un sistema de franquicia permite ahorrar recursos financieros, pero exige la creación de una estructura empresarial y el establecimiento de un sistema de control y de promoción distintos.
¿Es posible montar una franquicia sin morir en el intento ni empeñar los ahorros de toda una vida? ¿Cuáles serían las claves para triunfar?